ONPE destina S/ 80 millones para la franja electoral

Chimbote en Línea. - La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), mediante la Resolución Jefatural 000202-2025-JN/ONPE, estableció la asignación de 80 millones de soles para la franja electoral correspondiente a las elecciones generales 2026.

Dicho monto se distribuyó entre las 38 organizaciones políticas que solicitaron la inscripción de sus candidaturas ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) hasta el plazo establecido del 23 de diciembre de 2025.

De este modo, y en estricto cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38° de la Ley de Organizaciones Políticas, respecto a la asignación presupuestaria.

En dicho sentido, del monto total, 8 millones 709,182 soles se repartieron de manera igualitaria para la contratación de medios digitales (redes sociales). Cada una recibirá 229,189 soles.

El saldo restante de 71 millones 290,817 soles se dividió en dos partes iguales de 35 millones 645,408 soles para la contratación de medios de comunicación tradicionales (radio y televisión).

La primera parte se repartió de manera igualitaria entre todas las organizaciones políticas, asignando a cada una el importe de 938,037 soles.

La segunda parte se distribuyó proporcionalmente entre los partidos con representación en el Congreso, conforme a la Resolución 0602-2021-JNE del 9 de junio de 2021, mediante la cual el Jurado Nacional de Elecciones declaró la representación nacional para el periodo legislativo 2021-2026 y precisó los escaños obtenidos por cada organización política. 

Esta distribución se ha hecho efectiva solo entre las organizaciones que solicitaron inscripción de candidaturas ante el JNE. Por su parte, los partidos y alianzas que participan por primera vez en elecciones generales recibieron 532,021 soles cada uno, monto equivalente a la asignación otorgada a la agrupación con menor número de representantes en el Congreso.

Es importante precisar que, la franja electoral es un espacio contratado por el Estado para que las organizaciones políticas participantes en un proceso electoral puedan difundir sus planes y propuestas de gobierno.

Dicha propaganda debe ajustarse a los principios de legalidad, veracidad, autenticidad, igualdad y no discriminación, establecidos en la Ley de Organizaciones Políticas. Además, los audios, spots de video y/o reels que se difundirán, deben tener una duración máxima de 30 segundos y deben contar con un intérprete en lengua de señas. 

Los mensajes podrán realizarse en cualquiera de los idiomas oficiales previstos en la Constitución Política del Estado y, en caso de videos con idioma diferente al español, deberán estar acompañados de su respectiva traducción.

Asimismo, la franja electoral de las elecciones generales se emitirá del 11 de febrero al 9 de abril de 2026 a través de los medios tradicionales (televisión y radio) y medios digitales (redes sociales). (Fuente: Andina)

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