Keiko Fujimori pasará a juicio por el delito de lavado de activos

Chimbote en Línea.  – La lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori Higuchi, y 50 de sus colaboradores políticos y profesionales podrían pasar a juicio público a fin de año por presunto crimen organizado, lavado de activos, obstrucción a la justicia y falsa declaración, pero el camino que resta aún es muy incierto, confuso y todo está abierto.

El miércoles 31 de mayo, tras 21 meses de audiencias, el juez de investigación preparatoria nacional Víctor Zúñiga Urday dio por concluidos los debates del control de la acusación del caso Cócteles, presentada por el fiscal del equipo especial Lava Jato José Domingo Pérez Gómez el 11 de marzo del 2021.

Zúñiga Urday ha señalado que dictará el auto de enjuiciamiento, pues considera que la acusación reúne todos los requisitos jurídicos para que el caso pase a juicio público. En un caso común, esto supondría que, en unos meses, agosto próximo, digamos, comenzaría el juicio.

Subsanación acusadora

Pero este caso no tiene nada de común. La Fiscalía lo clasificó como complejo desde el inicio de las indagaciones hace ocho años, el 20 de octubre de 2015.  Luego se enredó más, por la forma intempestiva, en la madrugada del 11 de marzo del 2021. Se dieron por concluidas las indagaciones y a las 9.30 de la mañana el fiscal José Domingo Pérez presentó la acusación escrita acompañada de 44 tomos de 200 páginas cada uno.

Las audiencias del control de acusación tampoco han sido una carrera libre. Fue una maratón llena de obstáculos por el apresuramiento de la Fiscalía, la impericia del juez y la vehemencia de los abogados defensores.

Toda esta situación ha generado hasta 17 escritos de subsanación de la acusación, más una subsanación verbal. ¿Cuál de esos escritos, el original, las subsanaciones o el verbal, se utilizará en el juicio?

El juez Zúñiga algo tendrá que decir en el auto de enjuiciamiento, dado que los jueces que realizarán el juicio serán otros.

El Código Procesal Penal no fija un plazo de tiempo para que emita su resolución. Para un caso normal se podría hablar de un máximo de tres meses, pero todos los procesos de Lava Jato son complicados.

El juez Richard Concepción Carhuancho demoró casi un año en dictar el auto de juicio en el caso de Ollanta Humala, con solo diez acusados.

El Código Procesal Penal no fija un plazo de tiempo para que emita su resolución. Para un caso normal se podría hablar de un máximo de tres meses, pero todos los procesos de Lava Jato son complicados.

El juez Richard Concepción Carhuancho demoró casi un año en dictar el auto de juicio en el caso de Ollanta Humala, con solo diez acusados.

En el caso cócteles hay cinco veces más acusados, tomos y pruebas, documentos, testigos, declaraciones y hasta delitos.

Los 100 pendientes

Pero, aunque Zúñiga Urday lo pueda hacer en un plazo más corto, hay asuntos pendientes que pueden afectar su decisión, antes o después de dictar el auto de enjuiciamiento.

Al caso Cócteles aún le puede pasar lo mismo que a la acusación contra el expresidente Pedro Pablo Kuczynski: regresar a la etapa de investigación.

El proceso a Fujimori y Fuerza Popular suma 80 apelaciones pendientes de elevarse a Sala de Apelaciones y ser resultas, una decena de recursos de nulidad, que podrían llegar hasta la Corte Suprema, y un número no preciso de acciones de amparo y habeas corpus, en el Poder Judicial y en camino al Tribunal Constitucional.

En estos recursos se cuestiona el cierre intempestivo de la investigación preparatoria, la necesidad de las diligencias inconclusas, la acusación contra la empresa MV Bienes Raíces sin investigación previa, excepciones sobre la naturaleza del delito de lavado de activos y del ilícito previo, sobre la legalidad de las subsanaciones escritas y la ora, entre otros aspectos.

En una de las últimas audiencias del control de acusación, el juez Zúñiga dijo que recién tomaba nota de una sentencia de habeas corpus emitida por la Segunda Sala Constitucional de Lima a favor del empresario Ricardo Briceño Villena.

La sentencia de habeas corpus es definitiva. Los jueces anulan la decisión de Zúñiga de declarar saneada la acusación contra Ricardo Briceño por presunto lavado de activos, proveniente de fraude en la administración de la Confiep y sus asociados.

La Fiscalía Penal de La Victoria concluyó que Briceño Zúñiga no defraudó a la Confiep ni a ningún empresario aportante, por lo que no hay el delito previo para el lavado de activos que se le atribuye. La Sala Constitucional ordena al juez Zúñiga emitir un nuevo pronunciamiento sobre la situación de Briceño.

Lo que decida no solo afectará al expresidente de la Confiep. Los aportes provenientes de los empresarios Juan Rassmuss Echecopar, de Sudamericana de Fibras; y Dionisio Romero Paoletti, del grupo Credicorp, también son cuestionados por un supuesto fraude en la administración de persona jurídica, que solo se sustenta en la opinión del fiscal acusador.

La defensa de la sucesión Rassmuss Echecopar tiene su propio amparo y lo mismo sucede con el grupo Romero. El empresario Luis Santiago Calle Quirós también ha promovido un recurso, pues se le atribuyen fondos de origen ilícito por una investigación por narcotráfico que fue archivada.

Tribunal Constitucional

Al Tribual Constitucional ya llegaron los primeros dos habeas corpus. Uno cuestiona la intempestiva decisión de la Fiscalía de presentar la acusación por cuestiones políticas —afectar el desarrollo de las elecciones del 2021— y no con una estrategia jurídico-legal cuando aún había diligencias pendientes.

Este es el mismo reclamo por el que el juez Jorge Chávez Tamariz retrocedió el caso del expresidente Pedro Pablo Kuczynski a la etapa de investigación previa.

El otro habeas corpus corresponde a la defensa de Mark Vito Villanella, quien cuestiona que su empresa MV Bienes Raíces fuera incluida en la acusación fiscal sin darle tiempo a defenderse.

El personal de apoyo al despacho del juez Zúñiga no tuvo tiempo de formar los expedientes de apelación y recursos de nulidad. Recién lo harán ahora que no hay audiencias, por lo que el tema del cierre intempestivo de la acusación del caso Cócteles se verá después del expediente PPK.

Los jueces difícilmente podrían decir sí en un caso y no en el otro proceso, y el juez Chávez Tamariz emitió una resolución muy bien fundamentada, que la Fiscalía tendrá difícil revocar.  Los tiempos en que todas las propuestas del equipo especial Lava Jato se aprobaban sin filtros en la Corte Penal Nacional parecen haber pasado.

Claro está, el juez Víctor Zúñiga puede pronunciarse antes de que todos estos recursos se resuelvan. En ese caso, los jueces que asuman el desarrollo del juico público serán los que decidan si todo lo que se ha hecho en estos 26 meses les permite desarrollar un debido proceso o si disponen una nueva evaluación de la acusación.

La Junta Nacional de Justicia también será decisiva

La Junta Nacional de Justicia, que se encarga de seleccionar, nombrar, ratificar y sancionar a los jueces y fiscales, también puede afectar el futuro del juicio a Keiko Fujimori y Fuerza Popular por los aportes de campaña en las elecciones del 2011 y 2016.

Los consejeros han iniciado el proceso de ratificación de jueces y fiscales, y en paralelo desarrollan un concurso para seleccionar jueces titulares, entre otras instancias, de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada.

La ratificación y el concurso de selección va a significar una rotación o el ingreso de nuevos jueces a la Corte Penal Nacional, lo que definirá quiénes serán los magistrados que se encarguen del juicio a Keiko Fujimori.

Si José Domingo Pérez es nombrado juez, no podrá participar en el juicio en que formuló acusación.

Las pruebas

Abundancia. La Fiscalía subraya la presentación de 5.000 pruebas, pero esto puede resultar contraproducente. Los abogados cuestionaron que no se individualizó ni se detalló qué prueba demuestra un hecho y la participación de qué persona. En el juicio a Humala, esta falta de precisión complica las audiencias. (Fuente: La República)

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