En el Vaticano se castigan delitos económicos y abusos sexuales (Video)

Chimbote en Línea (Cuestión de Fe).- El papa Francisco firmó hoy el motu proprio que autoriza la entrada en vigor en el Vaticano y la Santa Sede de tres leyes penales, a partir del 1 de septiembre. Una actualización del código penal del Vaticano en continuidad de cuanto iniciado por Benedicto XVI, que se traduce en un giro de tuerca importante, sea en materia de delitos económicos que en abusos sexuales con menores de 18 años, incluida la posesión de pornografía infantil.

Permitirá además la extradición de personas residentes en el Vaticano que hayan cometido delitos al país que lo solicite.
La noticia fue dada a conocer hoy en la sala de prensa del Vaticano por el profesor Giuseppe Dalla Torre, actual presidente del Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano y consultor de algunos dicasterios pontificios.

Las leyes son: 'Normas complementarias en materia penal”; Modificaciones del Código Penal y del Código de Procedimiento Penal”; “Normas generales sobre sanciones administrativas” y aunque sus nombres no digan mucho, son un cambio de gran importancia para el territorio Vaticano y extendible a los entes de la Santa Sede, mismo en otros países como en el caso de las nunciaturas apostólicas.

“Las leyes que entrarán en vigor el primero septiembre adecuan el ordenamiento jurídico del Vaticano en continuidad con las acciones tomadas desde el 2010 durante el pontificado de Benedicto XVI” indicaron en la oficina del prensa del Vaticano.
Las nuevas leyes, explicaron en la conferencia de prensa, tienen contenidos amplios pues adhieren a diversas convenciones internacionales, como la de Ginebra de 1949 contra los crímenes de guerra; la de 1965 sobre la discriminación racial; la de 1984 referente a tortura o tratamientos crueles o degradantes; y la convención de 1989 sobre los derechos del niño y sus protocolos del año 2000.

Se define además, indicó el profesor Dalla Torre la “categoría de los delitos contra los menores, entre los cuales se señala: la venta, la prostitución, el enrolamiento y la violencia sexual contra ello, la pornografía infantil; la tenencia de material pornográfico; los actos sexuales con menores”.

También los delitos contra la pública administración han sido actualizados, siguiendo la Convención de las Naciones Unidas de 2003 contra la corrupción. Se abolió además la cadena perpetua sustituyéndola por la reclusión de hasta 35 años.
Otro punto de cambio, en concordancia con las disposiciones internacionales, es el sistema de sanciones a cargo de personas jurídicas, en todos los casos en que se vean relacionadas con actividades criminales cometidas por sus organismos o empleados, estableciendo para ellos una responsabilidad directa con sanciones pecuniarias y de interdicción.

Otro asunto muy importante de la reforma es la la cooperación judicial internacional, “adecuándolas a las más recientes convenciones internacionales” indicó el presidente del tribunal del Vaticano.
Queda abolida también cadena perpetua, por un máximo de 35 años de prisión. También fue tipificado como delito el hurto de documentos reservados.

La tipificación de ciertos delitos, permite la extradición de la persona que pueda haberlos cometido. Si un país no contempla que una determinada acción es un delito, no puede extraditarlo a otro país, explicó el presidente del Tribunal del Vaticano.  Cuando no existía la tipificación de ciertos delitos en la legislación penal del Vaticano, no podía haber extradición de los mismos, ahora sí.

Fuente: Zenit.org
Video de : Romereports

 

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