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Advierten a 24 alcaldes de las provincias del Santa, Casma y Pallasca a no romper neutralidad

Chimbote en Línea. - El módulo de la Defensoría del Pueblo en Chimbote instó a las autoridades provinciales del Santa, Casma y Pallasca, así como de los 21 distritos ubicados en estas tres provincias, a cumplir con las normas electorales que disponen la prohibición de publicidad estatal no justificada, y el deber de neutralidad que deben regir el accionar de las autoridades, funcionarias/os, y servidores públicos en el contexto de las Elecciones Generales 2021.

El pedido fue hecho luego de que hace algunos días el alcalde de la Municipalidad Provincial del Santa se presentara en una actividad oficial, realizada en el estadio Manuel Gómez Arellano, junto a la precandidata de una determinada organización política.

Durante dicha actividad, incluso, no se cumplió con respetar el distanciamiento social obligatorio conforme a las disposiciones que estable el Ministerio de Salud, en el contexto de la pandemia del Covid-19.

La coordinadora del módulo de la Defensoría del Pueblo en Chimbote, Roslin Villanueva, refirió  que la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función  Pública; la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones y; la Resolución Nº 0306-2020-JNE, Reglamento de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral prohíben a las autoridades políticas, funcionarias/os y servidores públicos aparecer en actividades que puedan denotar un apoyo tácito a una determinada organización política o precandidato/a, a fin de respetar el derecho de la ciudadanía a elegir a sus autoridades de forma libre, democrática, competitiva y en igualdad de condiciones para todas las organizaciones políticas en un clima de transparencia, neutralidad y confianza en sus instituciones.

De otro lado, precisó que quienes desempeñan funciones para el Estado se encuentran prohibidos de realizar publicidad estatal mediante el uso de sus imágenes, nombres, voces u otros medios que los identifiquen. El incumplimiento de las normas electorales en el ejercicio de las funciones públicas constituiría infracciones que conllevarían a determinadas sanciones por la entidad competente.

“Las autoridades, trabajadoras o servidores públicos deben promover las condiciones adecuadas para que las y los ciudadanos pongan en práctica el derecho a elegir democráticamente a sus autoridades”, sostuvo la representante de la Defensoría del Pueblo, quien pidió a la ciudadanía comunicar cualquier caso de vulneración del principio de neutralidad al teléfono 043-329678, al celular 945 084099 o a través del correo electrónico machimbote@defensoría.gob.pe. (Redacción Central)