
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha emitido un Decreto Supremo con un impacto significativo en la clasificación de los terminales marítimos nacionales.
Mediante el Decreto Supremo N° 019-2025-MTC, publicado en la edición de Normas Legales del 22 de noviembre de 2025, se ha dispuesto la modificación del Reglamento de Agencias Generales, Marítimas, Fluviales, Lacustres, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba.
Principal Modificación: Puerto de Huarmey
La medida central de este Decreto Supremo es la modificación del artículo 20 del reglamento (aprobado originalmente por D.S. N° 010-99-MTC).
La principal consecuencia de esta modificación es la incorporación del puerto de Huarmey como un:
Puerto de atraque directo Marítimo de Primera Categoría.
Esta decisión se basa en la importancia estratégica y el creciente movimiento comercial que el puerto de Huarmey ha demostrado, reconociendo su papel esencial en la logística y el comercio exterior del país.
¿Qué Implica este Cambio?
La elevación a Primera Categoría generalmente implica:
Un mayor nivel de exigencia y regulación para las agencias y empresas que operan en dicho puerto.
El reconocimiento de su capacidad para manejar grandes volúmenes de carga y operaciones directas.
Potencialmente, mayores inversiones en infraestructura y servicios.
Se exhorta a las Agencias Generales, Marítimas, Fluviales, Lacustres, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba a tomar conocimiento de esta modificación para el correcto cumplimiento de las regulaciones aplicables en el puerto de Huarmey.

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