Pleno del Congreso rechazó inhabilitar a Aníbal Torres de la función pública por 10 años

Chimbote en Línea. - El pleno del Congreso de la República rechazó el proyecto de resolución legislativa por el cual se proponía acusar constitucionalmente e inhabilitar por 10 años para el ejercicio de la función pública al expresidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres Vásquez.
 
La propuesta obtuvo 55 votos a favor, 18 en contra, 13 abstenciones.  Se requerían 67 votos para su aprobación. 
 
El 16 de agosto de 2022, el congresista Jorge Montoya presentó una denuncia constitucional contra Aníbal Torres Vásquez, en su condición de Presidente del Consejo de Ministros, por la presunta comisión de los delitos de motín; conspiración para una rebelión; sedición o motín; omisión de resistencia a rebelión, sedición o motín y terrorismo.  
 
Asimismo, por la supuesta infracción a los artículos 38, 39, 45, 123, 125, 139 inciso 2 y 159 inciso 4 de la Constitución Política. 
 
En la denuncia se consigna que el 10 de agosto de 2022, el jefe del gabinete ministerial invitó a Palacio de Gobierno a dirigentes de diversas organizaciones sociales, y azuzó a estos para que se movilizaran hacia Lima para implantar una nueva Carta Magna.
 
Al respecto, el informe final de la denuncia constitucional concluye que el denunciado realizó una serie de sesiones del "consejo de ministros descentralizado" sin marco constitucional y legal y con finalidades y objetivos distintos a los previstos a dicho órgano. 
 
Adicionalmente, se determinó que las expresiones que el denunciado realizó en dichos espacios, así como frente a medios de comunicación se realizaron superando los límites para el ejercicio de la libertad de expresión y opinión al tener la calidad de funcionario público; constatándose así un ejercicio fuera de los límites constitucionales y legales previstos.
 
En ese sentido, se propuso acusar vía juicio político al exjefe del gabinete ministerial, Aníbal Torres Vásquez, por infracción a los artículos 38, 45 y 125 de la Constitución. Asimismo, imponerle, de acuerdo a lo establecido en el artículo 100 de la Carta Magna, la sanción de inhabilitación por 10 años para el ejercicio de la función pública.(Fuente Andina) 

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