Congreso prioriza para este jueves 11 debate de retiro de S/ 20,600 de AFP

Chimbote en Línea.- La Junta de Portavoces del Congreso acordó dar prioridad, en la sesión del pleno de este jueves 11 de abril, al debate del dictamen que autoriza a todos los afiliados al sistema privado de pensiones, el retiro facultativo de hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/ 20,600, de sus fondos de AFP.
 
Como se recuerda, el pasado 25 de marzo la Comisión de Economía del Parlamento aprobó este séptimo retiro extraordinario de los fondos privados de pensiones para todos los afiliados, sin excepciones.
 
“La presente ley tiene por objeto autorizar de manera extraordinaria a todos los afiliados al Sistema Privado de Fondo de Pensiones, sin ninguna excepción, el retiro facultativo de sus fondos acumulados en las cuentas individuales de capitalización, hasta por el monto de cuatro (04) unidades impositivas tributarias (UIT)”, señala el dictamen aprobado.
 
Este nuevo retiro de las cuentas individuales de capitalización (CIC) de los afiliados a las AFP surge ante el contexto de recesión económica y busca beneficiar a más de 6 millones de peruanos.
 
El presidente del Congreso, Alejandro Soto, destacó la priorización del debate acerca del retiro de las 4UIT y sostuvo que han tenido en cuenta el clamor de la población.
 
“Por unanimidad, en la Junta de Portavoces hemos decidido agendar para este jueves el debate del dictamen que autoriza el retiro facultativo de los fondos del Sistema Privado de Pensiones. La representación nacional está escuchando el clamor de la ciudadanía”, expresó Soto Reyes a través de su cuenta de X.
 
¿Cómo acceder al beneficio?
 
De acuerdo a la propuesta, los aportantes a las AFP podrán ingresar sus solicitudes, dentro de los 90 días calendarios posteriores a la publicación y vigencia del reglamento de la misma.
 
Según el dictamen, los afiliados podrán obtener su dinero en cuatro armadas.
 
Se abonará un monto de hasta 1 UIT, equivalente a S/5.150, cada 30 días calendario, realizándose el primer desembolso a los 30 días de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado.(Fuente Andina)

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