
Chimbote en Línea.- El Ministerio de Energía y Minas (Minem) eliminó oficialmente la posibilidad de transferencia hereditaria de inscripciones en el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo).
Este es una de los principales cambios aprobados por el Gobierno en el Decreto Supremo N°010-2025-EM, publicado en el marco del reglamento de la Ley N°32213, norma que extendió el proceso de formalización hasta fines de junio y otorgó la rectoría al Ministerio de Energía y Minas (Minem).
El llamado ´Reinfo hereditario´ fue altamente controversial y cuestionado por su potencial uso indebido en la prolongación de actividades mineras informales.
El carácter hereditario del Reinfo estaba especificado en el artículo 10, ahora derogado, del DS N°010-2025-EM, el cual permitía mecanismos de continuidad en el proceso de formalización minera a través de herederos o terceros, lo cual generaba riesgos de distorsión del sistema.
Según el Minem, la eliminación de esta disposición refuerza el principio de intransmisibilidad del Reinfo.
Esto alinea la normativa con los objetivos de una formalización más transparente.
La modificación deja sin efecto la posibilidad de que los herederos de un titular fallecido mantengan su inscripción en el Reinfo, lo que sí se permitía desde el Decreto Supremo N°018-2017-EM y ratificada en mayo por el Ejecutivo en el Decreto Supremo N°009-2025-EM.
GORES
La normativa anterior se enfocaba en los gobiernos regionales como los rectores del Reinfo en sus regiones.
Este mecanismo ha sido dejado de lado y es otra de las modificaciones introducidas en el reglamento de la Ley N°32213.
En adelante, es el Ministerio de Energía y Minas el ente rector central encargado del proceso de formalización de la minería artesanal y la pequeña minería.(Fuente diario Correo)
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