Poder Judicial y Sunarp suscribieron convenios

poder_judicial_convenio(Fuente: Andina) El presidente del Poder Judicial, César San Martín, y el superintendente de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), Mario Solari Zerpa, suscribieron dos convenios específicos de cooperación interinstitucional.

El titular del Poder Judicial manifestó que la suscripción de estos acuerdos es el inicio de un largo camino de colaboración entre ambas entidades, en aras de la rapidez y la transparencia que exige la ciudadanía en los actos de las dos instituciones.

Dijo que los jueces y registradores públicos realizan una tarea delicada y corresponde a las autoridades de ambas instituciones, postular mecanismos que les permitan cumplir su misión de la mejor forma posible, y redunde en un mejor servicio a la comunidad.

Por su parte, el superintendente de la Sunarp, Mario Solari Zerpa, expresó que este hecho reafirma no sólo la buena relación existente entre las dos entidades sino que permitirá fortalecer la seguridad jurídica del país.

NIVELES DE COORDINACIÓN

El primer convenio está orientado a establecer niveles de coordinación entre las partes para el desarrollo de actividades académicas de investigación y capacitación en temas de interés común.

Busca además crear un espacio de diálogo entre los magistrados del Poder Judicial  y los registradores públicos para permitir la unificación de criterios en materias vinculadas a las labores jurisdiccionales y registrales, proponiendo y ejecutando soluciones consensuadas y viables en aquellos puntos en los que se pudieran presentar discrepancias.

PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE TÍTULOS

El segundo permitirá que los jueces puedan solicitar la presentación electrónica de títulos referidos a medidas cautelares dictadas inicialmente por los juzgados civiles de la subespecialidad comercial de Lima y ser anotadas en el Registro de Predios y en el Registro de Personas Jurídicas de la Sunarp de la Zona Registral N° IX-sede Lima.

Para el cumplimiento de este propósito el PJ se compromete a remitir de manera electrónica y física a la Sunarp el parte judicial derivado de la medida cautelar, en el procedimiento que determinen conjuntamente ambas instituciones; que incluye la verificación del pago de la tasa por parte del interesado y la remisión del número de la constancia de pago dentro de los plazos establecidos.

También a elaborar una directiva o normas internas que regulen la responsabilidad de los jueces en el uso del módulo de presentación electrónica de medidas cautelares.