
Chimbote en Línea.- Mediante resolución el Ministerio de la Producción (Produce) determinó que el Límite Máximo Total de Captura Permisible (LMTCP) de la zona norte centro del mar peruano es de 2.58 millones de toneladas, correspondiente a la primera temporada de pesca 2015.
Según la disposición esta medida corresponde a la temporada extractiva de anchoveta y anchoveta blanca para consumo humano indirecto, que se inicia mañana 9 de abril.
También se advierte que la culminación de esta primera temporada culminará una vez alcanzado el límite de captura determinado de la zona norte centro, o en su defecto, no podrá exceder el 30 de junio de este año.
En tal sentido, la fecha de conclusión podrá ampliarse o reducirse en función a las condiciones biológicas ambientales, previo informe del Instituto del Mar del Perú (Imarpe).
El dispositivo precisa que solo podrán realizar las faenas de pesca las embarcaciones pesqueras registradas y autorizadas para desarrollar actividades extractivas durante la presente temporada de pesca, conforme al LMTCP.
Añade que si las capturas de la flota anchovetera alcanzan el LMTCP se suspenderán las actividades extractivas, sin perjuicio de establecer las responsabilidades administrativas y/o penales de los titulares de aquellas embarcaciones que hubiesen efectuado capturas por encima de dicho límite.
Por esta razón, solo podrán participar las embarcaciones que tengan permiso de pesca vigente para la anchoveta y la asignación del LMTCP, así como emplear redes de cerco con tamaño mínimo de malla de ½ pulgada (13 milímetros).
De igual modo, efectuar operaciones de pesca fuera de las zonas reservadas para la pesca artesanal y de menor escala, según las normas vigentes; además de mantener una velocidad de travesía y rumbo constante, igual o mayor a los dos nudos.
También insta a que las actividades se efectúen en un intervalo de 24 horas, y contar a bordo de la embarcación con la plataforma-baliza del Sistema de Seguimiento Satelital (Sisesat), la cual debe emitir permanentemente señales de posicionamiento satelital.
Cuando se extraigan ejemplares juveniles de anchoveta y anchoveta blanca en porcentajes superiores al 10 por ciento de los desembarques diarios de un determinado puerto, se suspenderán las actividades pesqueras, principalmente las actividades extractivas, por un período mínimo de tres días consecutivos de las zonas de pesca o de ocurrencia, si dichos volúmenes de desembarques pudiesen afectar el desarrollo poblacional del recurso mencionado. (Fuente: Andina)
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