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Contraloría recuerda prohibición de mantener conflictos de interés en entidades públicas

Chimbote en Línea.- Como parte de la campaña informativa “Tips de Control” que busca impulsar una gestión pública eficiente y transparente, la Contraloría General recordó a los funcionarios y servidores públicos la prohibición de mantener conflictos de intereses.
La Contraloría General explicó que los funcionarios y servidores públicos están impedidos de realizar coordinaciones donde sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de sus deberes y funciones propios del cargo.

En ese sentido, señala que los funcionarios y servidores públicos no deben intervenir o participar en el nombramiento, contratación, promoción, sanción o resolución del contrato de un funcionario o servidor público, cuando exista un interés personal, familiar o de negocios en el caso, o pudiera obtener alguna ventaja o beneficio a su favor o de terceras personas.

Tampoco deben intervenir en la atención, tramitación o resolución de asuntos que se encuentran bajo su ámbito de actuación funcional, en el que tenga algún interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos de los que pueda obtener un beneficio personal, para su cónyuge o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

Por ejemplo, un alcalde no puede contratar con una empresa donde sea accionista; un gerente público no puede intervenir en la contratación de su jurado de tesis de doctorado, en la misma entidad donde labora; un funcionario no puede resolver una sanción administrativa, respecto del servidor que en ese momento está tramitando la licencia de funcionamiento de un familiar suyo.

PREVENCIÓN
El Código de Ética de la Función Pública señala que las acciones de servidores y funcionarios siempre deben estar dirigidas a asegurar el interés público y no a favorecer intereses personales o de terceros.

SANCIONES
Aquellos funcionarios o servidores que infrinjan las normas que prohíben mantener conflictos de interés, pueden ser inhabilitados para ejercer la función pública hasta por dos años a través del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) de la Contraloría General.