Chimbota: alcalde Enríquez Namay fue sentenciado a 4 años de pena suspendida por peculado

Chimbote en Línea.- La Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia del Santa condenó a 4 años de pena privativa suspendida a tres al alcalde encargado de la comuna del Santa, Alberto Enríquez Namay y a otras dos personas como autores del delito contra la administración pública (peculado doloso agravado) y fe pública (falsedad ideológica) en agravio del Estado (Subregión Pacífico).

En el caso de las dos personas, Carlos Miguel Quispe Medrano (almacenero) y Edy Nicasio Menacho Loja, ex gobernador de El Salitre (Jimbe), el primero al igual que Enríquez Namay como autores del delito, mientras que el segundo como cómplice del delito de peculado.

La lectura de sentencia se remonta cuando la actual autoridad edilicia (Enríquez Namay) se desempeñaba como jefe de Defensa Civil en la Subregión Pacífico (2008). En esa fecha, estaba a cargo de la secretaría técnica de Defensa Civil de la Subregión Pacífico, por lo que junto a otros trabajadores entre ellos el almacenero Quispe Medrano, entregaron al gobernador de El Salitre, artículos destinados para los damnificados de las lluvias, sin embargo estos no habían sido entregados de acuerdo a lo dispuesto, convirtiéndose en un lícito.

La citada sala, presidida por la juez, Olga Vanini Chang solicitó una reparación civil de 3 mil 460 nuevos soles en un plazo de 6 meses de forma solidaria a favor de la agraviada (damnificados). Asimismo Quispe Medrano y Menacho Loja deberán pagar 2 mil 250 nuevos mientras que Enríquez Namay, 9 mil nuevos soles a favor del Estado.

Y no solo eso los sentenciados deberán cumplir las siguientes reglas de conducta: No frecuentar lugares de dudosa reputación, no variar de domicilio sin previo aviso y por escrito al juzgado, concurrir cada mes al registro distrital de condenas para registrar sus firmas y acudir cuantas veces sean citados por el órgano judicial. En caso de incumplimiento de las reglas antes citadas se les aplicará lo que dispone el ordenamiento jurídico.

Vale precisar que el colegiado también dispuso inhabilitación por el plazo de un año a la función del cargo público aunque provengan de elección popular.

A la salida de la audiencia, el burgomaestre encargado, Alberto Enríquez dijo sentirse sorprendido por el fallo judicial, pues aseguro que nunca cometió un delito, y que si entregaron los artículos a los damnificados

“Es injusto este fallo, tenemos fotos y evidencia de que la ayuda si se dio al pueblo, aunque después de 10 días. Los jueces indican que no fuimos a recoger los datos de los damnificados, si lo hicimos para dar la ayuda necesaria. Voy a interponer el recurso de nulidad”, expresó.

(Texto y foto: Milton Palpa)

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