Onpe supervisa difusión de propaganda electoral para comicios del 2026

Chimbote en Línea. - Los partidos que participarían en las Elecciones Generales 2026 deben reportar a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) los gastos destinados a difundir propaganda electoral, incluso la que se trasmite a través de redes sociales. La obligación se desprende de lo dispuesto en la Ley de Organizaciones Políticas (n.° 28094), que le confiere a dicho organismo público la facultad de verificar y controlar la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas durante los procesos en los que intervengan, así como en sus respectivas elecciones primarias.
 
De acuerdo a las normas vigentes, los partidos y los candidatos (o sus responsables de campaña) entregan a la ONPE información financiera de los aportes, ingresos recibidos y gastos efectuados a lo largo de una campaña electoral en dos oportunidades. Entre los gastos se tiene que incluir la contratación de espacios publicitarios en redes sociales y en medios de comunicación distintos a los radiales y televisivos, como paneles, gigantografías, volantes y otros similares.
 
La propaganda electoral difundida de esa manera ya está siendo supervisada por la ONPE, que también ha pedido a todas las organizaciones políticas el listado actualizado de sus redes sociales oficiales. Los datos solicitados pueden enviarse –en una carta dirigida a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios (GSFP) de la ONPE– a través de la mesa de partes virtual de la institución (https://www.web.onpe.gob.pe/mpve/#/). Otra opción es presentar dicha carta en la mesa de partes ubicada en su sede central (Jr. Washington 1894, Cercado de Lima).
 
Algunas precisiones
 
En el caso de las Elecciones Generales 2026, el periodo supervisado empezó el 26 de marzo de 2025, cuando fueron convocados los comicios –mediante el Decreto Supremo n.º 039-2025-PCM– para elegir al presidente de la República, vicepresidentes, senadores, diputados y parlamentarios andinos; y finalizará al publicarse la resolución del JNE que dé por concluido el proceso.
Los partidos políticos deben cumplir con dos entregas obligatorias de información financiera sobre aportes, ingresos recibidos y gastos efectuados durante una campaña electoral, y la primera entrega debe incluir la información financiera correspondiente a las elecciones primarias.
La propaganda electoral por radio o televisión solo está permitida a través de la franja electoral administrada por la ONPE.

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