
Chimbote en Línea. - La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informa que el presidente del Órgano Electoral Central (OEC) de cada organización política habilitada para participar en los comicios generales del 2026, es el responsable de comunicar, este lunes 10 de noviembre de 2025, de manera digital y a través del Registro de Elecciones Primarias (REP), la relación de personeros de mesa que representarán a las listas y candidaturas nominales.
El personero de mesa es la persona que ha sido designada y acreditada para representar los intereses de una fórmula, candidato o lista en las elecciones primarias del 30 de noviembre o 7 de diciembre.
Según la cartilla de instrucciones elaborada por el organismo electoral, este personero tiene derecho a observar el desarrollo de la jornada electoral en la mesa en la que ha sido acreditado. Si detecta alguna conducta o acción extraña, puede presentar un reclamo, el cual debe ser atendido por los miembros de mesa. También tiene la opción de manifestarlo de forma verbal o solicitar que se lo anote por escrito en el acta electoral.
El día de las elecciones, el personero mostrará a los miembros de mesa su Documento Nacional de Identidad (DNI) y su credencial. En ella debe figurar el número de mesa en la que desarrollará su función. De acuerdo a la cartilla, el personero de mesa puede presentarse en cualquier momento de la jornada electoral y desempeñar su cargo en las mesas de sufragio que estén registrados en su credencial.
Derechos
Durante la votación, el personero puede verificar (si lo desea) que los carteles de candidatos estén pegados en la cámara secreta, firmar las cédulas de sufragio (si lo desea) y observar la habilitación del equipo informático electoral., entre otros. En las elecciones primarias, la ONPE aplicará el uso de la Solución Tecnológica de Apoyo al Escrutinio (STAE), herramienta tecnológica que permite que los miembros de mesa impriman el acta de instalación, el acta de sufragio, el reporte de puesta a cero, el acta de escrutinio y el cartel de resultados, con la finalidad de reducir la cantidad de actas observadas que se presentan al trasladar manualmente los resultados electorales.
Igualmente, durante el sufragio el personero de mesa puede votar después de los miembros de mesa presentes, en caso de que, como elector, le toque sufragar en esa mesa; presenciar el acto de sufragio, verificar que los electores ingresen solos a la cámara secreta e impugnar la identidad de un elector durante la votación, entre otros.
A su vez, durante el escrutinio, puede presenciar la lectura de votos, impugnar el voto, presenciar el registro de los datos y la generación del certificado digital de cada miembro de mesa y brindar sus datos al coordinador de mesa para que los registre y genere su certificado digital (si lo desea), además de otros derechos.

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