
Chimbote en Línea. - La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso aprobó el dictamen del Proyecto de Ley N.º 10993, que modifica el artículo 191 de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, con el fin de reducir de siete a tres días el plazo de prohibición para la publicación de encuestas electorales antes de una jornada de votación.
El cambio, impulsado por el grupo de trabajo que preside el congresista Arturo Alegría (Fuerza Popular), permitirá que las empresas encuestadoras registradas ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) difundan estudios de intención de voto o simulacros de votación hasta tres días antes del acto electoral o una consulta popular, a través de medios masivos de comunicación.
Asimismo, el dictamen aclara que la restricción no se aplicará a las encuestas a boca de urna, las cuales podrán difundirse una vez concluido el horario oficial de votación.
Transparencia y responsabilidad informativa
El texto mantiene las exigencias de transparencia en la difusión de resultados. Las empresas deberán publicar junto con los resultados la ficha técnica completa, que incluya el nombre de la encuestadora, número de registro en el JNE, fuente de financiamiento, objetivos, tamaño de muestra, margen de error, nivel de confianza, tipo y puntos de muestreo, y la fecha del trabajo de campo.
El representante legal de cada encuestadora será responsable del contenido difundido y de los informes remitidos al JNE. El incumplimiento podrá ser sancionado con multas entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Durante la sesión, los legisladores subrayaron que la prohibición vigente de siete días se ha vuelto “obsoleta e ineficaz”, dado el contexto digital actual, donde la información circula libremente en redes sociales sin posibilidad real de control.
“Mantener una restricción desfasada genera desigualdad informativa. Algunos ciudadanos acceden a encuestas en internet, mientras otros no, lo que afecta la equidad del proceso electoral”, señalaron los congresistas durante el debate.
Contra las encuestas falsas
El dictamen también advierte que la actual limitación ha favorecido la difusión de encuestas falsas o manipuladas, muchas de ellas difundidas en redes sociales para inducir el llamado “voto útil” y alterar la percepción del electorado.
Con esta modificación, se busca garantizar un acceso más equilibrado y verificado a la información, fortaleciendo la legitimidad, transparencia y confianza en los próximos comicios.
Hacia una legislación electoral moderna
Los miembros de la Comisión coincidieron en que la reducción del plazo de restricción responde a la necesidad de adecuar la legislación electoral a la realidad digital, donde los medios electrónicos tienen un rol determinante en la formación de la opinión pública.
La medida fue considerada un avance en la modernización del marco electoral peruano, al equilibrar el derecho de los ciudadanos a estar informados con la responsabilidad del Estado de preservar la neutralidad en el proceso electoral. (Fuente: diario Correo)
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